VIA PÚBLICA Y PUBLICIDAD

Ocupación del Espacio Público

Tasas municipales para el uso y ocupación de espacios públicos, incluyendo actividades de venta ambulante y eventos en la vía pública.

Mesas y Sillas
$1.300 por mesa · bimestral
Venta Ambulante / Eventos
$13.000 por día / evento

15% de descuento por buen contribuyente

¿Quiénes deben abonar esta tasa?
  • Comercios que dispongan mesas y sillas en la vereda o espacio público.
  • Vendedores ambulantes que operen en la vía pública.
  • Organizadores de eventos que ocupen espacios públicos del municipio.
Recordatorio: El descuento del 15% por buen contribuyente se aplica a quienes se encuentren al día con sus obligaciones municipales al momento del pago. Consultá en la oficina municipal para más información.

Publicidad y Cartelería

Tasas municipales para la instalación y uso de cartelería fija y publicidad móvil en el ejido del Municipio de El Pingo.

Cartelería Fija
$13.000 por m² · anual
Publicidad Móvil
$4.000 por día · propaladoras

Los carteles ubicados dentro del propio local comercial no tienen cargo adicional.

¿Qué está incluido y qué está exento?
  • La cartelería fija instalada en espacios públicos o fachadas exteriores tributa $13.000 por metro cuadrado al año.
  • La publicidad móvil mediante propaladoras (vehículos con altavoces) abona $4.000 por día de actividad.
  • Los carteles ubicados dentro del local comercial no generan cargo adicional alguno.
Importante: Todo soporte publicitario instalado en la vía pública debe contar con la habilitación municipal correspondiente antes de su uso. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones y remoción del material.

Regulación de Antenas y Estructuras

Tasas municipales aplicables a la habilitación e inspección anual de antenas, torres y estructuras de telecomunicaciones instaladas en el ejido del Municipio de El Pingo.

Habilitación
$740.000 pago único
Inspección Anual
$1.000.000 por año

Las estructuras tipo "Wicap" cuentan con reducción de costo según normativa vigente.

Condiciones y exenciones
  • La habilitación es un pago único requerido antes de la puesta en funcionamiento de cualquier antena o estructura.
  • La inspección anual garantiza el control técnico y de seguridad de las estructuras ya habilitadas.
  • Las estructuras tipo "Wicap" acceden a una reducción en el monto de la tasa, conforme a la normativa municipal vigente.
  • Los servicios de larga distancia se encuentran exentos del pago de este tributo.
Importante: Ninguna antena o estructura puede operar sin la habilitación municipal previa. El funcionamiento sin autorización puede derivar en sanciones, clausura del servicio y desmontaje de la instalación.